Aplazan coerción contra Capell por agresión durante reclamo de justicia por caso Jet Set
Aplazan coerción contra Capell por agresión durante reclamo de justicia por caso Jet Set

Santo Domingo.- La jueza Fátima Veloz, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, aplazó para el lunes 25 de mayo de 2026 el conocimiento de la solicitud de medida de coerción contra Jhossan Gaudencio Capell de Castro, acusado de agredir a un hombre en el patio del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.

El aplazamiento fue solicitado por la defensa del imputado, mientras el Ministerio Público insiste en que se le imponga prisión preventiva como medida de coerción.

Leer más: MP solicita prisión preventiva para hombre que agredió a otro en el patio del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva

Según el expediente presentado por la fiscal investigadora Yesenia Hernández, adscrita al Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios) del Distrito Nacional, el hecho ocurrió el pasado 27 de abril, alrededor de las 10:30 de la mañana, en medio de manifestaciones relacionadas con el caso Jet Set.

De acuerdo con la investigación, Capell de Castro participaba en protestas en apoyo a los procesados del caso, cuando presuntamente agredió a José Luis Custodio Peña, padre de una de las víctimas fallecidas tras el desplome del techo de la discoteca Jet Set, ocurrido en abril de 2025.

El Ministerio Público sostiene que la víctima intervino para expresar su desacuerdo con las manifestaciones y que, en ese momento, el imputado se le acercó y le propinó una bofetada en el rostro, impactándolo en el área del ojo derecho y la nariz.

A raíz de la agresión, Custodio Peña presentó dolor en el puente nasal y oído derecho, visión borrosa y tinnitus, por lo que permanece bajo seguimiento médico especializado en oftalmología y otorrinolaringología.

El órgano acusador indicó, además, que el incidente fue presenciado por varias personas y quedó registrado en videos captados por cámaras de vigilancia y medios de comunicación presentes en el lugar.

El caso fue calificado provisionalmente como una violación al artículo 309 del Código Penal Dominicano, relativo a golpes y heridas voluntarias.

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